Funciones

Las funciones primordiales del Consejo son:

Matricular a los profesionales para que estén en condiciones de ejercer la profesión, de acuerdo a lo que establece la ley. 

Atender los casos de ética y aplicar las sanciones dispuestas pen el Código de Ética Profesional. Dictaminar sobre el ejercicio profesional – siempre y cuando no implique la producción de una pericia – y sobre la aplicación de la Ley de Aranceles y Sistema de Cobro – Resolución Nº 12 aprobada por Decreto Nº 2340/63, ya sea por orden judicial o según lo soliciten autoridades competentes, matriculados o particulares.